El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de Ley del Derecho a la Defensa, cuya tramitación parlamentaria quedó interrumpida el año pasado por el fin anticipado de la legislatura.

“Estamos ante una ley que amplia derechos, desarrolla un derecho fundamental, es una ley garantista, centrada en los ciudadanos, y es una apuesta por la digitalización del servicio público de Justicia”, afirmó en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, tal y como recoge la noticia de la página web del Consejo General de la Abogacía Española.

Bolaños destacó el apoyo de la Abogacía en la redacción de esta norma, que, señaló, recoge un elenco con los derechos y deberes de los profesionales de la abogacía, cuyo papel, señaló, “es esencial”.

Este proyecto de Ley, explicó, “regula y amplía el derecho a la defensa”. Y se refirió específicamente a la extensión de la asistencia jurídica gratuita al colectivo de personas vulnerables. Y también al derecho a comunicarse con la administración de Justicia en “lenguaje claro y accesible”.

Bolaños destacó la importancia de esta ley -“era necesario regular ese derecho a la defensa, desarrollarlo y ampliarlo”- y por eso señaló que “tiene que ser una ley de consenso, cuya tramitación parlamentaria , que anunció comenzará inmediatamente, “ debería contar con apoyo amplio y masivo”.

Este proyecto de ley es una de las grandes reivindicaciones del Consejo General de la Abogacía. En la reunión que mantuvo con Bolaños el pasado 28 de diciembre, la presidenta de la Abogacía, Victoria Ortega, le pidió que se recuperara esta norma, cuya tramitación decayó con las elecciones. El Consejo de la Abogacía presentó el año pasado en el Congreso de los Diputados un paquete de 14 enmiendas para mejorar y completar esta norma, enmiendas que fueron elaborados y votadas por abogados y abogadas de toda España en el XIII Congreso de la Abogacía Española celebrado en mayo de 2023.

Bolaños explicó en la rueda de prensa que la norma detalla el derecho a la defensa, incluyendo, entre otros puntos, el derecho un proceso sin dilaciones indebidas, tener audiencia en los procedimientos, la inviolabilidad de las resoluciones judiciales, y el derecho a la indemnidad.

Además señaló que se amplía el derecho a la tutela judicial efectiva, extendiendo el derecho a la defensa a la vías extrajudiciales de solución de controversias, “para desatascar tantos asuntos y dilaciones”. Y, por otra parte, se adapta a la existencia de medios electrónicos y la vía telemática.