La alta cualificación profesional de un prestatario no suple el deber de información del banco según el Tribunal Supremo. admin2020-05-26T07:22:51+02:0011 de febrero de 2020|Noticias| (diariojuridico.com) La alta cualificación profesional de un prestatario no suple el deber de información del banco según el Tribunal Supremo. Compartir en: FacebookXRedditLinkedInWhatsAppTumblrPinterestVkCorreo electrónico