
La Mutualidad de la Abogacía ha sacado al mercado un nuevo sistema de aportación al Plan Universal que permite tener ventajas fiscales sin limitación de la aportación. Son muchos los mutualistas que solicitaban a la Mutualidad poder seguir invirtiendo su dinero por encima de los límites legales de los sistemas Profesional y/o Personal, por encima de los 8.000 euros en el Sistema de Ahorro Flexible, sin renunciar a las ventajas del PIAS. Por esto motivo, la Mutualidad ha diseñado la posibilidad de que se pueda contratar simultáneamente el sistema de ahorro flexible (PIAS) y el sistema de ahorro flexible configurado como seguro de vida de ahorro normal (SVA). Si se hacen mayores aportaciones, no repercutirán en la pérdida de la condición como PIAS del conjunto del sistema.
De esta forma, cada mutualista podrá tener dentro de su Plan Universal hasta cuatro sistemas de ahorro según la opción fiscal elegida. Los mutualistas dispondrán en la Mutualidad, dentro del mismo Plan Universal, de hasta cuatro sistemas de ahorro distintos:
De este modo el Plan Universal no sólo tendrá utilidad para los mutualistas como un excelente sistema de previsión y de ahorro para la jubilación, sino que, además, también se podrán aportar sumas superiores como un sistema de inversión alternativo a cualquier fondo de inversión, depósito, bono, pagaré o activo financiero.
Hasta ahora las aportaciones solamente se podían hacer bien al Sistema Profesional o al Sistema de Previsión Personal (PPA) hasta los máximos permitidos por la Ley entre ambos (10.000 euros para los menores de 50 años y 12.500 a partir de esa edad, más 4.500 euros para los ejercientes por cuenta propia como gasto de la actividad), que es el limite máximo que se puede aportar a los sistemas de previsión que gozan de la deducción fiscal de las aportaciones efectuadas en el IRPF.

Como es conocido, el sistema personal admite movilización de y hacia otros planes de previsión asegurados o planes de pensiones.
Pero tanto el sistema de Ahorro Flexible (PIAS) como el de Ahorro Flexible configurado como SVA, tienen además liquidez inmediata una vez trascurrido un año. Es decir, no hay liquidez el primer año, pero transcurrido el mismo, el mutualista podrá rescatar las cantidades aportadas, más sus rendimientos. Como ya se aplicaba ahora en el sistema de ahorro flexible, existirá una penalización del 2,5 % si el rescate se produce después de transcurrido un año pero antes de dos; o del 1,25 % si de produce entre el segundo y tercer año. Una vez transcurridos tres años no existe ningún tipo de penalización. Al tratarse de un seguro, en caso de fallecimiento los beneficiarios recibirían lo mismo que se aplica en los demás sistemas, la suma acumulada más un 10% de la misma (con el límite para este 10% de 10.000 euros en el conjunto de sistemas del Plan Universal).
Además en todos los sistemas del Plan Universal el mutualista puede recuperar los saldos acumulados en caso de desempleo o enfermedad grave.

Este año todos los sistemas del Plan Universal están entregando un 5% a cuenta, al que se añadirá a final de año la participación en beneficios. Esta rentabilidad equivale al 90% de la rentabilidad neta real de las inversiones, pues la Mutualidad destina el 10% restante a acciones solidarias a favor precisamente del propio colectivo de mutualistas asegurados.
La rentabilidad del Plan Universal desde su puesta en marcha en 2005 ha oscilado entre el 5,72% de 2008 y el 6,44% de 2007.
